Preguntas frecuentes

¿Puede descargarse la aplicación AIDA y trabajar con ella sin estar conectado a Internet?

La aplicación AIDA está disponible solamente en Internet, por dos razones:

  1. La cada vez mayor difusión de Internet como medio de comunicación.
  2. La elevada frecuencia con la que se revisan y modifican ciertas opciones de la aplicación, como por ejemplo la base de datos de sustancias químicas (cada vez que el Anexo I del Real Decreto 363/1995 recoge una nueva Adaptación al Progreso Técnico), la normativa (cuando se promulga alguna disposición de interés), las preguntas y respuestas (siempre que se reúne el Comité de Autoridades Competentes para la aplicación de la Directiva Seveso II), etc. Este hecho invalidaría parte de la aplicación y obligaría a difundir con frecuencia nuevas versiones.

¿Por qué no encuentro un producto químico en la base de datos general?

Este hecho puede deberse a:

  • La sustancia no está incluida en el Anexo I del Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, sobre Notificación de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de las Peligrosas (cuya última actualización fue la Orden PRE/1244/2006, de 20 de abril) y tampoco figura entre las sustancias nombradas en la Parte 1 del Anexo I del Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, modificado por el Real Decreto 948/2005, de 29 de julio.
  • La sustancia está incluida en el Anexo I del Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, sobre Notificación de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de las Peligrosas (cuya última actualización fue la Orden PRE/1244/2006, de 20 de abril), pero no posee ninguna clasificación de peligro que permita incluirla en alguna de las categorías de la Parte 2 del Anexo I del Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, modificado por el Real Decreto 948/2005, de 29 de julio.
  • Se trata de un preparado explosivo pero no es ninguno de los objetos de las divisiones 1.1 a 1.6 del Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR).
  • El contenido de los campos utilizados como criterios de búsqueda  no coinciden con los existentes en la base de datos general. Por ejemplo: se está buscando una sustancia química pero se ha seleccionado “preparado”, se ha introducido el número CE en el campo número CAS, se ha cometido un error al escribir el nombre, etc.)

¿Por qué la base de datos general de AIDA no contiene todas las sustancias del Anexo I del Real Decreto 363/1995, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, por ejemplo el ácido sulfúrico o el hidróxido de sodio?

AIDA es una aplicación cuya finalidad principal es orientar sobre el grado de afección de las instalaciones industriales con respecto a la llamada normativa Seveso (Reales Decretos 1254/1999, 1196/2003, 119/2005 y 948/2005). Por tanto, en su base de datos de sustancias químicas peligrosas, sólo se han incluido aquellas que están contempladas en las Partes 1 y 2 del Anexo I del Real Decreto 1254/1999, modificado por el Real Decreto 948/2005.

Así por ejemplo, las sustancias que sólo sean nocivas, irritantes, corrosivas, sensibilizantes, etc. no están afectadas por la legislación Seveso y no han sido incluidas en la base de datos general. Si están, por el contrario, aquellas sustancias enumeradas en la parte 1 del Anexo I -metanol, cloro, etc.- o las que pertenecen a las categorías de la parte 2 del citado Anexo -sustancias clasificadas como tóxicas o muy tóxicas, las que contengan frases de riesgo como R10, R11, R12, R17, R50, etc.